Este miércoles, la Procuraduría General de la Nación confirmó la suspensión por tres meses del cargo en contra del ministro de Relaciones Exteriores, Álvaro Leyva Durán, proferida el pasado 24 de enero de 2024 por la Sala de Instrucción Disciplinaria, en medio de la investigación disciplinaria que se adelanta por las presuntas irregularidades que se presentaron durante el proceso para la licitación de pasaportes.
Esa fue la contundente decisión de la Procuraduría que, pese a los ataques del presidente Gustavo Petro, quien afirmó que ese tipo de destituciones era un mecanismo para no dejarlos gobernar, tal como ocurrió cuando era alcalde “con la Bogotá Humana, cuando les sancionaban a los funcionarios”, se mantuvo férrea en su decisión teniendo claro que no es un asunto contra el Gobierno si no, por el contrario, hay argumentos claros para mantener la sanción al canciller Leyva y abrir la investigación disciplinaria formalmente.
El organismo de control disciplinario sostuvo que la decisión inicial fue adoptada legalmente, conclusión a la que llegó luego de analizar los hechos, las pruebas y la actuación procesal adelantada por la Sala; así como la revisión del ordenamiento jurídico, la jurisprudencia y las respuestas dadas a los alegatos presentados por la defensa.
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Tras analizar los recursos presentado por la defensa del Canciller se determinó que la procuradora General, Margarita Cabello Blanco, no vulneró los derechos y las garantías del disciplinable, en tanto se limitó a anunciar que se formularon cargos, sin que eso implique que se haya afectado la imparcialidad, y confirmar que no se hicieron comentarios o emitieron calificativos sobre los hechos materia de investigación.
Igualmente, la Sala abrió una nueva investigación disciplinaria contra el canciller Leyva Durán por el presunto desacato de la medida de suspensión provisional. Esto al considerar que pese a que le fue debidamente notificada indicándole que era de cumplimiento inmediato, el Ministro siguió en su cargo firmando circulares y nombramientos.
La Sala Disciplinaria de Instrucción señaló que dentro de los hechos que serán objeto de revisión se encuentran las determinaciones que el titular de la cartera habría adoptado y las comunicaciones enviadas representando a la Cancillería, desconociendo que se encontraba apartado del cargo e inhabilitado para ejercer las funciones correspondientes.
Frente a esta situación, se solicitaron pruebas con el objeto de verificar la ocurrencia de los hechos enunciados, determinar si son constitutivos de falta disciplinaria; y definir si se actuó o no al amparo de una causal de exclusión de responsabilidad.
En la determinación tomada este miércoles, la Procuraduría General compulsó copias de la actuación disciplinaria a las Fiscalías Delegadas ante la Corte Suprema de Justicia para que se evalúe si el posible comportamiento del ministro de Relaciones Exteriores constituye alguna conducta penal que amerite ser investigada por esa entidad.
Con esta determinación, Leyva Durán deberá salir del cargo mientras el presidente Gustavo Petro designa a un ministro encargado.
Mientras tanto, el próximo 15 de febrero la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de la Procuraduría General de la Nación dará comienzo a la audiencia del juicio verbal contra el Canciller por las presuntas irregularidades que se presentaron en la licitación de pasaportes.
Leyva deberá responder varios interrogantes: ¿Por qué tumbó de un plumazo la licitación que había ganado, de acuerdo con las normas, la firma Thomas Greg & Sons? ¿Por qué declaró la urgencia manifiesta para entregar a gusto el contrato de entrega de pasaportes? ¿Por qué no acató ni escuchó las recomendaciones de la Agencia de Defensa Jurídica de la Nación y del Comité de Contratación de la Cancillería para conciliar con Thomas Greg & Sons y así evitar demandas contra el Estado con alta probabilidad de perder?
Por eso, la Procuraduría informó que, “ese día, el canciller tendrá la oportunidad de hacer los descargos que considere necesarios y presentar las pruebas que tenga para desvirtuar las dos faltas disciplinarias endilgadas, calificadas de manera provisional como gravísimas, cometidas a título de dolo”.
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